E
l Consejo de Gobierno de la
Comunidad de Madrid ha remi-
tido a la asamblea parlamenta-
ria madrileña el proyecto de la nueva
Ley de Urbanismo y Suelo de la
Comunidad de Madrid. Conforme las
manifestaciones de la presidenta de la
Comunidad, el objetivo es aprobar el
texto definitivo antes del verano y con-
seguir el mayor consenso posible. Tal
propósito loable debería materializar-
se, no solamente con las aportaciones
de los grupos parlamentarios, sino con
el diálogo con todos los actores rele-
vantes del sector inmobiliario (empre-
sas, profesionales, consumidores...).
Conforme la propia Comunidad de
Madrid las principales novedades del
proyecto normativo son:
1.- Apostar por un desarrollo urbano
sostenible basado sobre todo en la
rehabilitación y la regeneración urba-
na y, para ello, se dota a las medianas
y grandes ciudades de nuevos instru-
mentos como los programas municipa-
les de actuación sobre el medio urbano.
2.- Redefinir las clases de suelo, man-
teniendo las de suelo urbano, urbaniza-
ble y no urbanizable pero con la modi-
ficación de que el suelo urbanizable no
sectorizado pasa a ser suelo no urbani-
zable común (sin posibilidad de edifi-
cabilidad sin previa transformación
urbanística).
3.- Fomentar la transparencia y parti-
cipación en el planeamiento, desarro-
llando los procedimientos de participa-
ción ciudadana en aquél y obligando a
los ayuntamientos a facilitar indicado-
res de información que permitan cono-
cer el seguimiento de su desarrollo, el
progreso de sus Planes generales y la
necesidad de su revisión.
De la definitiva redacción del texto
normativo y de la implicación de sus
destinatarios dependerá en gran medi-
da el éxito de las reformas, y superar
sus principales retos que, son:
- Agilizar en el tiempo y en sus trámites
los procedimientos de planeamiento
urbanístico, sin fragmentar su jerar-
quía normativa.
- Reforzar la seguridad jurídica de los
agentes económicos, sin estrangular el
mercado de suelo susceptible de ser
urbanizado y posteriormente edificado.
- Reimpulsar el sector de la construc-
ción como motor de la economía regio-
nal y de creación de empleo, sin des-
cuidar criterios de sostenibilidad
ambiental y cohesión social.
En consecuencia, abogamos porque la
nueva ley de suelo, huyendo de concep-
ciones dogmáticas, debe ser un instru-
mento eficaz del denominado
Neourbanismo del siglo XXI y herra-
mienta útil para la definitiva supera-
ción de la crisis inmobiliaria.
Luis de Manuel.
Nueva ley del Suelo de
Madrid
tribuna de Luis de Manuel Martínez, abogado y
economista DM&A.
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MEtrOS
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MAyo
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INMOIVRIS
E
l Consejo de Gobierno ha apro-
bado el proyecto de la nueva
Ley de Urbanismo y Suelo de la
Comunidad de Madrid
. El objetivo del
Gobierno presidido por
Cristina
Cifuentes
es aprobar el texto definitivo
antes del verano y conseguir una Ley
con “
el mayor consenso posible
”. Una
de las novedades que permitirá el
nuevo texto es adaptar el planeamiento
a cada municipio. Así, la nueva norma
incluye la posibilidad de llevar a cabo
un
Plan General de Ordenación
Urbana Simplificado
, diseñado para los
municipios de menos de 5.000 habitan-
tes y hasta seis millones de euros de
presupuesto. Podrán optar por este
documento
“más flexible y ágil que el
plan ordinario
” siempre que las actua-
ciones se centren en sus cascos urbanos
y no incluyan nuevos desarrollos.
Para apostar por un urbanismo sosteni-
ble basado sobre todo en la rehabilita-
ción y la regeneración, se dota a las
medianas y grandes ciudades de nuevos
instrumentos como los programas
municipales de actuación sobre el
medio urbano. Su elaboración será
voluntaria y permitirán que las altera-
ciones del planeamiento necesarias
para desarrollar y ejecutar actuaciones
de rehabilitación, regeneración y reno-
vación urbana solo requieran la aproba-
ción de planes especiales, sin modificar
el planeamiento general.
CLASES DE SUELO
La nueva Ley mantiene las clases de
suelo urbano, urbanizable y no urbani-
zable pero con modificaciones, como
que el suelo, que hasta ahora se consi-
deraba suelo urbanizable no sectoriza-
do, pasa a ser suelo no urbanizable
común. Así, no se podrá construir en
ningún caso, salvo que se cambie su
clasificación en el planeamiento gene-
ral, a iniciativa de los ayuntamientos.
El texto también busca acabar con la
dispersión normativa, la conflictividad
jurídica y las lagunas legislativas Por
ejemplo, refuerza la capacidad de las
administraciones para actuar frente a
infracciones, incrementando los plazos
de prescripción hasta ocho años y endu-
reciendo el régimen sancionador.
La CAM ordena su
suelo
El Gobierno regional comienza a tramitar la Ley.
Cristina Cifuentes, presidenta de la CAM.